APPENDIX F
Procedure in the Court of an Alcalde Entregador: Minutes
of a Session Held at the Town of Villafranca de la Puente del
Arzobispo 1 in June, 1457, to Make a Survey (Mojonamiento) of
a CaSada and to Prevent Enclosures of Parts of it
Arch. Mesta, V-4, Villafranca, 1457
En Villafranca de la Puente del Arçobispo, primero dia del mes de
Junio, ano del nascimiento de Nuestro Salvador, Jesu Christo de mil
e quatrocientos y cinquenta e siete anos, estando el concejo, alcaldes,
regidores e omes buenos de la dicha villa ayuntados a su concejo a su
сатрапа tanida, у estando presente el honrrado Bartolome de Figue-
roa, guarda e vasallo del Rey, nuestro senor, у alcalde e entregador
mayor de las mestas e canadas рог el noble caballero у senor, Pedro de
Acuna, guarda mayor del dicho Senor Rey e de su consejo e su alcalde e
entregador mayor de las dichas mestas e canadas en todos Ios sus reynos
y senorios, y en presencia de mi, Alfon Garcia de Paredes, escribano de
nuestro senor el Rey y su notario publico en la su corte y en todos Ios
sus reynos, y de Ios testigos de yuso escriptos, parescio ayi présente
Juan Sanchez de Yanguas, procurador Sustitudo que es del onrrado
Concejo de la Mesta y de Ios senores e hermanos della, e dijo al dicho
alcalde y entregador mayor que la canada que pasa por termino desta
dicha villa e junto con ella, que viene desde Alcolea por donde pasan
Ios ganados yendo y venyendo a sus estremos, esta cerrada asi de panes
сото de vinas por manera que Ios ganados de Ios dichos sus partes e
hermanos del dicho Concejo de la Mesta non pueden pasar por la dicha
canada libre, e que por cabsa de aquello que en la dicha canada fasen a
Ios dichos sus partes e a sus pastores e rabadanes muchos males e pren-
dias quebrantandoles sus fatos y Ilebandoles sus ganados, e que si de
aquella guisa oviese a pasar, que por ello ha venydo e rrecrescido e
viene e recrece de cada dia a Ios dichos sus partes muchos danos e
costas.
Por ende, dixo el dicho Juan Sanchez, en nombre del dicho Concejo
de la Mesta e hermanos della sus partes, que pedia e requeria e pidio
ɪ On the Tagus River, about sixty miles west of Toledo.
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COURT OF AN ALCALDE ENTREGADOR
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e requirio al dicho alcalde e entregador mayor que viese e apease la
dicha canada, y por el vista la fallaria tal quai el desia que pedia e pedio
al dicho alcalde e entregador mayor que abriese la dicha canada, man-
dando quitar y quitase las Iavores e vinas que en la dicha canada estan,
por manera que Ios dichos ganados y Ios dichos sus partes podiesen yr
e venyr por la dicha canada, e que en ella non fuesen prendada por
cabsa de Io susodicho; e que sy Io asi fesiese el dicho alcalde e entre-
gador mayor, faria bien y Io que devya, e Cunpleria el seruicio e man-
dado del dicho Seiior Rey e guardaria las cartas e previlegios del dicho
Concejo de la Mesta, sus partes, dadas e Otorgadas por Ios reyes de
gloriosa memoria, Confirmadas por el dicho Senor Rey. En otra man-
era dixo que protestava e protesta en nombre de Ios dichos sus partes
de aver e cobrar del dicho alcalde e de sus bienes fasta très mil doblas
de oro de la vanda, que por cabsa de la dicha canada estar cerrada e
non estar avierta les ha venido de dano, con mas todas las costas y
danos e intereses y menoscabos que sobre la dicha rason a Ios dichos
sus partes que les ha recrescido y recresciete de aqui adelante; y que
de сото Io desia e requeria e pedia, dixo que Io pedia e pedio asi por
testimonio para guarda y Conseruacion del derecho de Ios dichos sus
partes e suyo en su nonbre.
E Iuego el dicho alcalde e entregador mayor dixo que, dando Io
testigos de confirmation, que esta presto de faser todo aquello que el
dicho Senor Rey Io mando e es tenudo a faser de derecho; e que eso
dixo que dava e dio por su respuesta al requirimiento e pedimiento a el
fecho por el dicho Juan Sanchez, non Consentiendo en las protesta-
ciones contra el fechas ni en alguna délias.
E Iuego el dicho alcalde e entregador mayor dixo al dicho concejo e
alcaldes de la dicha Villafranca de la Puente que Io diesen e nombren
seys ornes buenos de Ios mas antiguos vesinos del dicho Iugar para que
con el dicho alcalde anden e apeen la dicha canada; Io quai les man-
da va que fesiesen asy so las penas Contenidas en las cartas e previlegios
del dicho Senor Rey.
E Iuego el dicho concejo e alcaldes de la dicha Villafranca de la
Puente dixeran e nombraron por testigos al dicho alcalde para en Io
susodicho a Pedro Alfon e a Lope Ferrandes e Alfonso Garcia Barvero
e a Juan Mateos e Alfonso Ferrandes e a Sancho Martines, vesinos de
la dicha Villafranca. E ansi mismo el dicho Juan Sanches en el dicho
nombre de Ios dichos sus partes dixo que nombrava e nombro por
testigos a Ios susodichos e a cada uno dellos, e Ios presentava e présenta
en la mejor manera e forma que podia e de derecho devia, de Ios quales